Condiciones Generales de Venta
Cláusula 1 Ámbito de aplicación, forma
(1) Las presentes Condiciones Generales de Venta (CGV) se aplicarán a todas las relaciones comerciales que mantengamos con nuestros clientes (“compradores”). Las CGV solo se aplicarán en caso de que el comprador sea empresario (en los términos del artículo 14 del Código Civil alemán), persona jurídica de derecho público o patrimonio especial de derecho público.
(2) Las CGV se aplicarán, principalmente, a los contratos relativos a la venta y/o entrega de bienes muebles (la “mercancía”), independientemente de que la mercancía sea de fabricación propia o adquirida a otros proveedores (artículos 433 y 651 del Código Civil alemán). Salvo que se acuerde algo distinto, las CGV serán válidas en su versión vigente en el momento que el comprador realice el pedido o, en cualquier caso, en la última versión que se le haya comunicado al comprador en forma de texto como contrato marco aplicable a todo contrato futuro del mismo tipo, sin que debamos advertir de las mismas en cada caso concreto.
(3) Nuestras CVG serán las únicas condiciones aplicables. En caso de que el comprador cuente con condiciones generales de contratación que difieran, contradigan o completen las presentes, estas solo formarán parte del contrato si aceptamos su vigencia expresamente. Dicha aceptación expresa será necesaria en todos los casos, incluso, por ejemplo, si realizamos una entrega sin reservas pese a tener conocimiento de las CGC del comprador.
(4) Los acuerdos individuales, puntuales, con el comprador (incluyendo los acuerdos paralelos, las adiciones y las modificaciones) siempre prevalecerán sobre las presentes CGV. Salvo prueba en contra, el contenido de dichos acuerdos requiere un contrato escrito o nuestra confirmación por escrito para cobrar validez.
(5) Las declaraciones y notificaciones de carácter jurídico del comprador en relación con el contrato (por ejemplo, fijación de plazos, notificación de vicios, rescisión o reducción), deben realizarse por escrito, es decir, en forma escrita o textual (por ejemplo, carta postal, correo electrónico, fax). Ello no afectará a los requisitos legales de forma y a otros justificantes que puedan exigirse, sobre todo, en caso de que se dude de la legitimación del declarante.
(6) Las advertencias que hacen referencia a la vigencia de las normativas legales tienen un carácter meramente aclaratorio. Aunque no se produzca este tipo de aclaración, las normativas legales son de aplicación, siempre y cuando las presentes CGV no las modifiquen directamente o descarten su aplicación expresamente.
Cláusula 2 Celebración del contrato
(1) Nuestras ofertas no son vinculantes ni nos obligan a nada. Esto también se aplicará en caso de que le entreguemos al comprador catálogos, documentación técnica (por ejemplo, ilustraciones, planos, cálculos, estimaciones, indicaciones sobre normas DIN), otras descripciones de los productos o documentos (también en formato electrónico), sobre los cuales nos reservamos la propiedad y los derechos de autor.
(2) El pedido de mercancía por parte del comprador representa una oferta vinculante para la celebración de un contrato. Salvo que el pedido estipule algo distinto, tenemos derecho a aceptar dicha oferta para la celebración de un contrato en el plazo de 2 semanas a partir de su recepción.
(3) La aceptación puede declararse por escrito (por ejemplo, mediante una confirmación del pedido) o entregando la mercancía al comprador.
Cláusula 3 Plazo de entrega y mora en la entrega
(1) El plazo de entrega se acordará en cada caso concreto o lo indicaremos cuando aceptamos el pedido. Si eso no se produce, el plazo de entrega ascenderá aproximadamente a 4 semanas a partir de la celebración del contrato.
(2) En caso de que no podamos cumplir plazos de entrega vinculantes por motivos ajenos a nuestra voluntad (no disponibilidad del servicio), informaremos al comprador a ese respecto inmediatamente y, al mismo tiempo, le comunicaremos el nuevo plazo de entrega previsible. En caso de que el servicio no esté disponible dentro del nuevo plazo, tenemos derecho a rescindir el contrato o parte del mismo; si el comprador ya ha efectuado alguna contraprestación, se la restituiremos de inmediato. En este sentido, por no disponibilidad del servicio se entiende, principalmente, una entrega fuera de plazo de nuestros proveedores, siempre y cuando hayamos pactado con ellos una operación de cobertura adecuada, la mora no nos sea atribuible a nosotros ni a nuestros proveedores o, en un caso concreto, el proveedor en cuestión no esté obligado al suministro.
(3) Incurriremos en mora en la entrega cuando lo determinen las normativas legales. En cualquier caso, el comprador deberá presentar una reclamación. Si incurrimos en mora en la entrega, el comprador podrá exigir una indemnización de cuantía fija por los daños provocados por la moda. La indemnización de cuantía fija ascenderá al 0,5 % del precio neto (precio de entrega) por cada semana natural completa de mora, pero, en cualquier caso, a un máximo del 5 % del valor de entrega de la mercancía entregada con retraso. Nos reservamos el derecho a demostrar que el comprador no ha sufrido daños o que los daños son significativamente inferiores a la cuantía fija que antecede.
(4) Todo ello no afectará a los derechos del comprador conforme a la cláusula 8 de las presentes CGV y a nuestros derechos legales, principalmente en caso de que se renuncie a la obligación de prestar el servicio (por ejemplo, por imposibilidad o inaceptabilidad del servicio y/o la subsanación de una entrega anterior).
Cláusula 4 Entrega, transmisión del riesgo, recogida, mora en la aceptación
(1) La entrega se produce desde el almacén, que también será el lugar de cumplimiento de la entrega y de una posible subsanación de una entrega anterior. Si el comprador lo exige, por su cuenta y riesgo, la mercancía se enviará a otro destino (venta por correspondencia). Salvo que se acuerde algo distinto, tenemos derecho a determinar nosotros mismos el tipo de envío (sobre todo la empresa de transporte, el itinerario, el embalaje).
(2) El riesgo de destrucción accidental o empeoramiento accidental de la mercancía se transmite al comprador, como muy tarde, en el momento de la entrega. No obstante, en caso de venta por correspondencia, el riesgo de destrucción accidental o empeoramiento accidental de la mercancía se transmite al comprador en el momento en que se entregue la mercancía a transportista, al conductor o, en cualquier caso, a la persona o entidad contratadas para efectuar el envío. En caso de que se acuerde una recogida, el riesgo se transmitirá cuando esta se produzca. Por lo demás, en caso de que se acuerde una recogida, se aplicarán las normativas legales aplicables a los contratos por obra o servicio. La mora en la aceptación de la mercancía por el comprador tendrá los mismos efectos independientemente de que se trate de una entrega o una recogida.
(3) En caso de que el comprador incurra en mora en la aceptación de la mercancía, omita su deber de participación activa o nuestra entrega se retrase por otros motivos atribuibles al comprador, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños que se deriven de ello, incluyendo los gastos adicionales (por ejemplo, gastos de almacén). A estos fines, calculamos una indemnización de cuantía fija de 75 euros por día natural, que contarán a partir del plazo de entrega o, en caso de que no hubiera plazo de entrega, a partir de la comunicación de la disponibilidad del envío de la mercancía.
Ello no afectará a nuestro derecho a demostrar que el daño es superior y al resto de derechos legales que nos corresponden (principalmente, una indemnización de gastos adicionales, una indemnización adecuada, la rescisión); no obstante, la cuantía fija se sumará al resto de derechos de indemnización económica. El comprador tendrá derecho a demostrar que no se han producido daños o que los daños son significativamente inferiores a la cuantía fija que antecede.
Cláusula 5 Precios y condiciones de pago
(1) Salvo que se acuerde algo distinto puntualmente, se aplicarán los precios actuales vigentes en el momento de celebrar el contrato, desde el almacén, más el IVA aplicable.
(2) En caso de venta por correspondencia (cláusula 4, punto 1), el comprador hará frente a los gastos de transporte desde el almacén y, en caso de que el comprador desee contratarlo, a los gastos de un seguro de transporte. Salvo que facturemos los gastos de transporte reales en un caso concreto, se aplicará una cuantía fija para el transporte (excepto el seguro de transporte) por importe de … euros.
El comprador también hará frente a posibles aranceles, tasas, impuestos y cualquier otro tipo de carga pública.
(3) El precio de compraventa será pagadero en el plazo de 14 días a partir de la emisión de la factura y la entrega o recogida de la mercancía. No obstante, en el contexto de una relación contractual en curso, tenemos derecho en cualquier momento a efectuar una entrega total o parcial supeditada a un pago anticipado. Declararemos el ejercicio de este derecho, como muy tarde, cuando confirmemos el pedido.
(4) Transcurrido el plazo de pago que antecede, el comprador incurrirá en mora. Al precio de compraventa se le sumarán intereses por mora con base en los tipos de interés por mora que estipulan las leyes. Nos reservamos el derecho a exigir la compensación de otros daños por mora. Ello no afectará a nuestro derecho a exigir intereses comerciales por vencimiento (artículo 353 del Código Mercantil alemán) frente a clientes comerciales.
(5) El comprador solo tendrá derecho de compensación o retención en caso de que sus pretensiones estén respaldadas por una sentencia firme o no hayan sido contestadas. En caso de vicios en la entrega, se respetarán los derechos del comprador, sobre todo en virtud de la cláusula 7, punto 6, frase 2 de las presentes CGV.
(6) Si tras la celebración del contrato constatamos (por ejemplo, por una demanda de apertura de procedimiento concursal) que nuestro derecho a cobrar el precio de compraventa está en peligro por falta de solvencia del comprador, tendremos derecho, conforme a las normativas legales aplicables, a denegar el servicio y, en su caso, previa fijación de un plazo, a rescindir el contrato (artículo 321 del Código Civil alemán). En el caso de los contratos relativos a la fabricación de bienes no intercambiables (producción individual), podemos declarar la rescisión de inmediato; ello no afectará a las normativas legales relativas a la no necesidad de fijar plazos.
Cláusula 6 Reserva de propiedad
(1) Hasta el pago completo de todos nuestros cobros pendientes presentes y futuros, derivados del contrato de compraventa y de una relación comercial en curso (cobros asegurados), nos reservamos la propiedad de la mercancía vendida.
(2) Las mercancías sujetas a reserva de propiedad no pueden pignorarse ni cederse en concepto de garantía en favor de terceros hasta su pago completo. El comprador deberá informarnos por escrito de inmediato en caso de se presente una demanda de apertura de procedimiento concursal o en caso de que terceros accedan a las mercancías que nos pertenecen (por ejemplo, por embargo).
(3) En caso de que el comprador incumpla el contrato, sobre todo en caso de impago del precio de compraventa pagadero, en virtud de las normativas legales, tenemos derecho a rescindir el contrato y/o a exigir la devolución de la mercancía sujeta a reserva de propiedad. La exigencia de la devolución no representa una declaración de rescisión; tenemos derecho a exigir la devolución de la mercancía y reservarnos el derecho a rescindir el contrato en un momento posterior. En caso de que el comprador no abone el precio de compraventa pagadero, solo podremos ejercer estos derechos si previamente le hemos concedido al comprador un plazo de pago razonable que este no ha cumplido o las leyes no estipulan la necesidad de fijar dicho plazo.
(4) Excepto en caso de revocación conforme al apartado (c) de este punto, el comprador tiene derecho a revender y/o reelaborar la mercancía sujeta a reserva de propiedad en el contexto de sus actividades comerciales habituales. En ese caso, se aplicarán las siguientes condiciones.
(a) La reserva de propiedad se extiende al producto de la reelaboración, mezcla o unión de nuestras mercancías por su valor total, del cual se nos considerará fabricantes. En caso de que la reserva de propiedad se aplique a una reelaboración, mezcla o unión con mercancías de terceros, adquiriremos la copropiedad en proporción al valor facturado de la mercancía reelaborada, mezclada o unida. Por lo demás, al producto se le aplicarán las mismas condiciones que a la mercancía entregada sujeta a reserva de propiedad.
(b) El comprador nos cede en concepto de garantía, desde este mismo momento, los pagos pendientes de terceros derivados por la reventa de las mercancías o del producto, completos o por el importe correspondiente a nuestro porcentaje de una posible copropiedad, tal y como se describe en el párrafo anterior. Las obligaciones del comprador estipuladas en el punto 2 también se aplicarán a los pagos pendientes cedidos.
(c) Apoderamos al comprador para el cobro de los pagos pendientes. Nos comprometemos a no cobrar los pagos pendientes, siempre y cuando el comprador cumpla con sus obligaciones de pago frente a nosotros, su solvencia esté intacta y nosotros no hagamos efectiva la reserva de propiedad ejerciendo uno de los derechos estipulados en el punto 3. No obstante, de ser así, podemos exigir que el comprador nos comunique los pagos pendientes cedidos y sus deudores, nos indique todos los datos necesarios para el cobro, nos entregue los documentos necesarios y le comunique la cesión al deudor (tercero). En ese caso también tenemos derecho a revocar la autorización concedida al comprador de reventa y reelaboración de la mercancía sujeta a reserva de propiedad.
(d) En caso de que el valor realizable de las garantías exceda los pagos que se nos adeudan en más de un 10 %, si el comprador lo exige, liberaremos las garantías que estimemos oportunas.
Cláusula 7 Derechos del comprador en caso de vicios
(1) Por cuanto respecta a los derechos del comprador en caso de vicios materiales o jurídicos (incluyendo las entregas erróneas o incompletas, así como un montaje inadecuado o la falta de instrucciones de montaje), se aplicarán las normativas legales, salvo que se estipule algo distinto a continuación. En cualquier caso, ninguna de las presentes condiciones afectará a las normativas legales especiales aplicables en caso de entrega final de una mercancía no elaborada a un consumidor, aunque este la haya reelaborado (recurso legal del proveedor en virtud del artículo 487 del Código Civil alemán). Se excluyen los derechos de recurso legal del proveedor en caso de que el comprador u otro empresario hayan reelaborado la mercancía que contiene vicios, por ejemplo, integrándola en otro producto.
(2) La base de nuestra responsabilidad por vicios la constituye, principalmente, el acuerdo relativo a las propiedades de la mercancía. Por “acuerdo relativo a las propiedades de la mercancía” se entiende cualquier descripción del producto objeto de un contrato individual o publicada por nosotros (principalmente en catálogos o en nuestra página web).
(3) En caso de que no se hayan acordado las propiedades, conforme a las normativas legales, se deberá evaluar si existen vicios o no (artículo 434, párr. 1, frases 2 y 3 del Código Civil alemán). No obstante, no asumimos responsabilidad alguna por las declaraciones públicas del fabricante o de terceros (por ejemplo, declaraciones publicitarias).
(4) Los derechos del comprador en relación con los vicios están supeditados al cumplimiento de sus obligaciones de inspección y reclamación (artículos 377 y 381 del Código Mercantil alemán). Si se constata un vicio en el momento de la entrega, la inspección o en un momento posterior, deberá comunicárnoslo por escrito inmediatamente. En cualquier caso, los vicios visibles deben comunicarse en el plazo de 5 días laborables a partir de la entrega y, en caso de vicios no reconocibles durante la inspección, dentro del mismo plazo a partir de su descubrimiento. Si el comprador omite la inspección debida y/o la comunicación de los vicios, en virtud de las normativas legales, no asumiremos responsabilidad alguna por vicios no comunicados, no comunicados en plazo o no comunicados debidamente.
(5) En caso de que la cosa entregada contenga vicios, en primera instancia podemos elegir entre una subsanación del vicio (rectificación) o la entrega de una mercancía sin vicios (entrega sustitutoria). Ello no afectará a nuestro derecho a negarnos a subsanar los vicios conforme a las normativas legales.
(6) Tenemos derecho a supeditar la subsanación a la que estamos obligados a que el comprador abone el precio de compraventa pagadero. No obstante, el comprador tiene derecho a retener una parte razonable del precio de compraventa proporcional al vicio.
(7) El comprador deberá concedernos el tiempo necesario para la subsanación a la que estamos obligados y, sobre todo, entregarnos la mercancía reclamada para que podamos examinarla. En caso de entrega sustitutoria, el comprador deberá devolvernos la mercancía que contiene vicios conforme a las normativas legales. La subsanación no incluye desmontar la cosa que contiene vicios ni volver a montarla si no estábamos obligados a montarla originalmente.
(8) Abonaremos o, en su caso, reembolsaremos los gastos necesarios para la comprobación y la subsanación, sobre todo los gastos de transporte, infraestructura, trabajo y materiales, así como, en su caso, los gastos de desmontaje y montaje, conforme a las normativas legales, siempre y cuando el vicio exista realmente. De lo contrario, podemos exigirle al comprador el reembolso de los gastos derivados de una reclamación de subsanación de vicios infundada (sobre todo, los gastos de comprobación y transporte), salvo que la ausencia de vicios no fuera reconocible para el comprador.
(9) En caso de urgencia, por ejemplo, en caso de que su seguridad operativa se vea amenazada o para evitar daños desproporcionados, el comprador tiene derecho a subsanar el vicio él mismo y exigirnos el reembolso de los gastos objetivos necesarios para dicha subsanación. En la medida de lo posible, previamente deberá comunicarnos de inmediato que va a efectuar la subsanación él mismo. No tendrá derecho a efectuar la subsanación él mismo si nosotros tenemos derecho a negarnos a la subsanación conforme a las normativas legales.
(10) Si la subsanación resulta infructuosa o si un plazo a fijar por el comprador para la subsanación expira sin producir resultados, o en caso de que, conforme a las normativas legales, dicho plazo no sea necesario, el comprador puede rescindir el contrato de compraventa o reducir el precio de compraventa. No obstante, si el vicio es insignificante, no tendrá derecho de rescisión.
(11) El comprador también tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios o al reembolso de los gastos desembolsados en vano en caso de vicios si se cumplen las condiciones estipuladas en la cláusula 8, pero, por lo demás, se excluyen.
Cláusula 8 Otras responsabilidades
(1) Salvo que las presentes CGV, incluyendo las siguientes disposiciones, contemplen algo distinto, en caso de incumplimiento de obligaciones contractuales y extracontractuales, asumiremos la responsabilidad que estipulen las normativas legales.
(2) Indemnizaremos por daños y perjuicios (independientemente del motivo jurídico) en caso de responsabilidad por intencionalidad o negligencia grave. En caso de negligencia leve, asumiremos la responsabilidad que estipulen las normativas legales (por ejemplo, por falta de la debida atención en algunos casos), sin perjuicio de que se apliquen responsabilidades más suaves, solo
a) en caso de daños derivados de la violación de la vida, la integridad física o la salud,
b) en caso de daños derivados de una violación significativa de obligaciones contractuales fundamentales (obligaciones cuyo cumplimiento posibilita la ejecución debida del contrato y en cuyo cumplimiento la contraparte confía y debe confiar); no obstante, en este caso, nuestra responsabilidad se limita a la indemnización de los daños previsibles y típicos.
(3) Las limitaciones de la responsabilidad que se desprenden del punto 2 también se aplicarán en caso de incumplimiento de obligaciones por parte o en favor de personas cuya culpabilidad nos sea atribuible en virtud de las normativas legales. No se aplicarán en caso de que un vicio se oculte intencionadamente o si habíamos asumido una garantía por las propiedades de la mercancía; tampoco se aplica a los derechos del comprador en virtud de la ley alemana de responsabilidad por productos.
(4) En caso de incumplimiento de las obligaciones que no tenga que ver con un vicio, el comprador solo podrá rescindir el contrato si el incumplimiento de la obligación nos es atribuible a nosotros. Se excluye el derecho de libre rescisión del comprador (sobre todo en virtud de los artículos 651 y 649 del Código Civil alemán). Por lo demás, se aplicarán los requisitos y las consecuencias que estipulan las leyes.
Cláusula 9 Prescripción
(1) A diferencia de lo estipulado en el artículo 438, párr. 1, punto 3 del Código Civil alemán, el plazo general de prescripción de los derechos derivados de los vicios materiales y jurídicos asciende a un año a partir de la entrega. En caso de que se acuerde una recogida, la prescripción comienza en el momento de la recogida.
(2) No obstante, si la mercancía es un edificio o una cosa que se utiliza para un edificio dentro de su uso previsto y es la culpable del vicio ocasionado (material de construcción), el plazo de prescripción ascenderá a 5 años a partir de la entrega conforme a las normativas legales (artículo 438, párr. 1, punto 2 del Código Civil alemán). Ello no afectará al resto de regulaciones especiales aplicables a la prescripción (principalmente, el artículo 438, párr. 1, punto 1, párr. 3, artículos 444 y 445b del Código Civil alemán).
(3) Los plazos de prescripción que anteceden también se aplicarán a los derechos de indemnización contractuales y extracontractuales del comprador en relación con un vicio de la mercancía, salvo que la aplicación de la prescripción legal ordinaria (artículos 195, 199 del Código Civil alemán) conlleve una prescripción más corta en un caso concreto. No obstante, los derechos de indemnización del comprador en virtud de la cláusula 8, punto 2, frases 1 y 2(a), así como los derechos derivados de la ley alemana de responsabilidad por productos, prescribirán únicamente conforme a los plazos legales de prescripción.
Cláusula 10 Derecho aplicable y jurisdicción competente
(1) A las presentes CGV y a la relación contractual entre nosotros y el comprador se les aplicará el Derecho de la República Federal de Alemania; se excluye la aplicación del Derecho internacional unificado, sobre todo del Derecho comercial de la ONU.
(2) Si el comprador es un profesional del comercio en los términos del Código Mercantil alemán, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, la jurisdicción exclusiva (también internacional) para todos los litigios derivados directa o indirectamente de la relación contractual será la de nuestra sede comercial, en Stolberg. Se aplicará lo mismo en caso de que el comprador sea un empresario en los términos del artículo 14 del Código Civil alemán. No obstante, en cualquier caso, tenemos derecho a presentar demandas en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega conforme a las presentes CGV o de un contrato individual, o en la jurisdicción general del comprador. Ello no afectará a las normativas legales superiores, principalmente en relación con las competencias exclusivas.
Cláusula 11 Declaración de protección de datos en relación con el tratamiento / la recogida de datos personales de clientes
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Información relativa a la recogida de datos personales de clientes
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A continuación, le informamos acerca de la recogida de datos personales de los clientes. Los datos personales son toda información con la que se le puede identificar personalmente, por ejemplo, nombre, dirección, dirección de correo electrónico, etc.
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El responsable del tratamiento en virtud del artículo 4, apartado 7 del Reglamento General de Protección de Datos de la UE (RGPD) es la empresa
Weforma Dämpfungstechnik GmbH,
representada a efectos jurídicos por sus gerentes
Armin Schmidt y Thomas Schmidt
Werther Straße 44 in 52224 Stolberg
Tel.: +49-(0)2402 - 9892-0
Fax: +49-(0)2402 - 9892-20
Juzgado registral / County Court: Aachen HRB 11532
Puede ponerse en contacto con nuestro delegado de protección de datos a través de
... (aquí deben indicarse el nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos)
o a través de nuestra dirección postal, indicando “Der Datenschutzbeauftragte” (A la atención del delegado de protección de datos).
c) Con el fin de ejecutar el contrato o llevar a cabo medidas precontractuales que usted solicita, tratamos / recogemos, principalmente, los siguientes datos personales que usted nos comunica y/o nos revela:
- Su nombre o el nombre de su empresa, incluyendo el nombre de la persona física que actúa en representación suya
- Sus datos de contacto, es decir, su domicilio comercial y, en su caso, su número de teléfono, número de fax y direcciones de correo electrónico
- Sus datos bancarios
- Todos los datos necesarios para la ejecución / el cumplimiento del contrato, relativos a su historial de pagos y reclamaciones.
d) La base jurídica del tratamiento de datos personales es al artículo 6, apartado 1, letra b) del RGPD.
e) Las categorías de destinatarios de los datos personales son
aa) el responsable del tratamiento, es decir, la empresa Weforma Dämpfungstechnik GmbH
bb) entidades que realizan un tratamiento de datos por encargo, por ejemplo, proveedores de servicios externos, como los asesores fiscales a los que encomendamos la contabilidad financiera
cc) personas que, bajo la responsabilidad directa del responsable del tratamiento (es decir, de la empresa Weforma Dämpfungstechnik GmbH) o de una entidad que trata los datos por encargo, están autorizadas a tratar los datos personales (por ejemplo, los empleados de nuestro departamento de atención al cliente)
dd) en su caso, subcontratistas y/o proveedores de servicios de pagos
ee) en su caso, órganos y autoridades públicos
(2) Duración del almacenamiento de los datos personales
Limitaremos los plazos de almacenamiento de sus datos personales a los mínimos estrictamente necesarios. Con estos fines, hemos introducido un programa de supresión que contempla plazos de comprobación y eliminación periódicas de sus datos personales para garantizar que sus datos personales no se almacenan más tiempo del necesario. Se toman como base los siguientes plazos:
- Paquetes de datos / documentos necesarios para la ejecución de la relación contractual:
se almacenarán como máximo hasta la fecha de finalización a efectos jurídicos de la relación contractual + complemento de seguridad de tres años (hasta que transcurra el plazo de prescripción ordinaria de tres años conforme a los artículos 195 y 199 del Código Civil alemán)
- Paquetes de datos / documentos que pueden ser necesarios para las cuentas anuales de la empresa, por ejemplo, documentos de contabilidad financiera:
se almacenarán por un máximo de tres años (artículo 257, párr. 1, punto 1 y párr. 4 del Código Mercantil alemán, artículo 147 del Código Fiscal alemán)
- Paquetes de datos / documentos que pueden ser necesarios a efectos fiscales, por ejemplo, correos electrónicos de empleados que se consideren cartas comerciales:
se almacenarán por un máximo de seis años (artículo 147, párr. 3, frase 1 del Código Fiscal alemán)
- Paquetes de datos / documentos, por ejemplo, relacionados con su historial de pagos y reclamaciones, no sujetos a plazos de conservación:
se almacenarán como máximo hasta que transcurra el plazo de prescripción ordinaria de tres años conforme a los artículos 195 y 199 del Código Civil alemán + un complemento de seguridad tres meses, salvo que los paquetes de datos / documentos sigan siendo necesarios para la ejecución de la relación contractual.
(3) Sus derechos
Usted tiene los siguientes derechos frente a nosotros en relación con los datos personales que le conciernen:
- Derecho a obtener información (artículo 15 del RGPD, artículo 34 de la Ley alemana de protección de datos)
- Derecho de rectificación y supresión (artículos 16 y 17 del RGPD, artículo 35 de la Ley alemana de protección de datos)
- Derecho a la limitación del tratamiento (artículo 18 del RGPD)
- Derecho de oposición al tratamiento (artículo 21 del RGPD, artículo 36 de la Ley alemana de protección de datos)
- Derecho a la portabilidad de los datos.
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También tiene derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control en materia de protección de datos acerca del tratamiento de sus datos personales en nuestra empresa.
(4) Usted tiene la obligación legal y/o contractual de proporcionarnos los datos personales necesarios para la ejecución / el cumplimiento de la relación contractual. Si no nos los proporciona, es posible que no podamos celebrar la relación contractual.